Esta política es el núcleo de la actividad de AREPO y su defensa es nuestra principal misión, tanto en el marco de la Política Agrícola Común como en el contexto de otras políticas que pueden ofrecer herramientas para complementar y coordinar sus objetivos.
Introducción
La política de calidad de la UE tiene como objetivo proteger los nombres y las características de los productos agrícolas europeos específicos de un territorio, con el fin de promover sus características únicas resultantes de los factores naturales y los conocimientos tradicionales vinculados a su origen geográfico.
Estos productos se denominan «Indicaciones Geográficas» (IG) y se reconocen como derechos de propiedad intelectual. Las IG protegen a los productores asegurando que sus productos sean valorados y protegidos en los mercados europeos y de terceros países, y protegen también a los consumidores mediante una comunicación adecuada y transparente.
Los regímenes de calidad de la UE
Denominaciones de Origen Protegidas (DOP): Los nombres de los productos registrados como DOP son los que tienen un mayor vínculo con el lugar del que proceden. Cada parte del proceso de producción, transformación y elaboración debe tener lugar en la región específica. | |
Indicaciones geográficas protegidas (IGP): La IGP pone de relieve la relación entre la región geográfica específica y el nombre del producto cuando una calidad específica, su reputación u otra característica particular es esencialmente atribuible al origen geográfico. Para la mayoría de los productos, al menos una de las fases de producción, transformación o elaboración debe tener lugar en la región. | |
Especialidades tradicionales garantizadas (ETG): La especialidad tradicional garantizada pone de relieve aspectos tradicionales como la forma de elaboración del producto o su composición, sin estar vinculada a una zona geográfica concreta. Un producto registrado como ETG protege su nombre de la usurpación y el abuso de reputación. |
Otros regímenes: Términos de calidad facultativos
Hacen hincapié en el proceso de producción tradicional de productos elaborados en zonas naturales desfavorecidas, como montañas o islas:
- Producto de montaña: identifica un producto cuyas materias primas, piensos y transformación, en su caso, proceden de zonas de montaña.
- Producto de las regiones ultraperiféricas de la UE: Este reconocimiento pretende garantizar un mayor conocimiento de los productos agrícolas de las regiones ultraperiféricas de la UE, cuya producción está sujeta a mayores dificultades debido a su lejanía e insularidad, así como a las difíciles condiciones geográficas y climáticas. Se trata de productos procedentes de los departamentos franceses de ultramar -Guadalupe, Guayana, Reunión y Martinica- y de las Azores, Madeira y Canarias.
Protección
Todas las denominaciones de productos registradas como IG gozan de protección jurídica contra las imitaciones y el uso indebido de la reputación dentro de la UE y en los terceros países con los que se ha firmado un acuerdo de protección específico o con los que se ha celebrado un acuerdo comercial que cubre las IG. Para todos los regímenes de calidad, las autoridades nacionales competentes de cada Estado miembro de la UE adoptan las medidas necesarias para proteger las denominaciones registradas en su territorio.
La revisión del sistema de IG de la UE
Los regímenes de calidad de la UE han sido revisados por la Comisión Europea, con el fin de reforzar el sistema de Indicaciones Geográficas de la UE. Además, la estrategia «de la granja a la mesa» establece el objetivo de incluir criterios específicos de sostenibilidad para las IG.
Tras un largo proceso de consulta a las partes interesadas, iniciado en 2019 con una evaluación de la política de calidad de la UE y concluido en abril de 2021 con la consulta pública sobre la revisión del régimen de indicaciones geográficas de la UE, la Comisión Europea publicó el 31 de marzo de 2022 una propuesta de reglamento sobre las indicaciones geográficas de la Unión Europea para el vino, las bebidas espirituosas y los productos agrícolas, y los regímenes de calidad para los productos agrícolas.
El 13 de mayo de 2024 entró en vigor el nuevo reglamento sobre las indicaciones geográficas del vino, las bebidas espirituosas y los productos agrícolas, así como las especialidades tradicionales garantizadas y los términos de calidad facultativos de los productos agrícolas.
El nuevo Reglamento sobre IG
- Introduce un marco jurídico único y un procedimiento de registro abreviado y simplificado que abarca los productos agrícolas y alimenticios, los vinos y las bebidas espirituosas, con algunas disposiciones específicas sobre el vino que se mantienen en el Reglamento de la OCM.
- Se mejora la protección de las IG. La nueva normativa aumenta la protección de las IG utilizadas como ingrediente en un producto transformado y de los productos con IG vendidos en línea. También refuerza la protección de los nombres con IG en el sistema de nombres de dominio.
- Se refuerza el papel de las agrupaciones de productores, introduciendo más competencias y responsabilidades para las agrupaciones de productores reconocidas.
- Los productores también tendrán la posibilidad de explicar su compromiso con la sostenibilidad económica, medioambiental y social incluyendo las prácticas sostenibles adoptadas en el pliego de condiciones del producto o en un informe de sostenibilidad, que acompañará al pliego de condiciones de los productos con IG y se publicará en un portal de la UE.
- La Dirección General de Agricultura de la Comisión Europea seguirá siendo responsable de la gestión del sistema de IG. Una declaración conjunta del Parlamento Europeo y del Consejo, anexa al Reglamento, deja la posibilidad de que la Comisión Europea esté asistida por la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO), únicamente en lo que respecta a la ejecución de tareas administrativas, siempre y cuando sea posible con arreglo al marco jurídico vigente.
Para más información sobre la revisión, pueden encontrar nuestros análisis y documentos de posición en la sección Acciones de AREPO.