Con el Reglamento de Ejecución (UE) No 737/2013 sobre acciones de información y de promoción de los productos agrícolas en el mercado interior y en los mercados de terceros países, la Comisión ha actualizado las directrices sobre la promoción de los productos agrícolas, incluyendo los términos de calidad facultativos en la lista de productos elegibles, para las medidas relativas al mercado interior. Reconociendo el valor añadido de estos sistemas de calidad, la Comisión considera necesario que los productos amparados en el sistema de términos de calidad facultativos puedan beneficiar de los programas de promoción de la misma manera que los productos amparados en los regímenes de denominaciones de origen protegidas (DOP), indicaciones geográficas protegidas (IGP) o especialidades tradicionales garantizadas (ETG).